Cambios clave en precios estimados y cuotas compensatorias.
- Vero Sosa

- 1 jun 2025
- 3 Min. de lectura
El cambio no solo es constante… también es normativo. En mayo de 2025, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público actualizó los precios estimados para diversos sectores sensibles como muebles, aparatos de alumbrado, juguetes, juegos, guitarras y calzado, mediante modificaciones a los Anexos 3 y 5 del mecanismo de garantía de contribuciones. ¿Sabes cómo te impactan? Aquí te lo explicamos de forma clara y útil.
🪑 Nuevos precios estimados para muebles y alumbrado.
El pasado 12 de mayo de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la “Resolución que da a conocer el Anexo 5” del mecanismo que regula el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados. Esta vez, se sumaron 21 fracciones aranelarias del capítulo 94 de la TIGIE, abarcando productos del sector mueblero y de aparatos de alumbrado.
Cada fracción incluye:
Número de identificación comercial
Descripción
Unidad de medida comercial
Precio estimado en dólares por unidad
El objetivo de estos precios estimados es prevenir la subvaluación en aduana, garantizando un mínimo tributario que el importador debe respetar al determinar el valor de la mercancía. De no hacerlo, la autoridad puede exigir el pago con base en dicho estimado, además de solicitar una garantía.
🧸 Precios estimados para juguetes, juegos y guitarras
El 26 de mayo de 2025, también fue publicada en el DOF una modificación al Anexo 5, mediante la cual se incorporan 13 nuevas fracciones arancelarias pertenecientes a los capítulos 92 y 95 de la TIGIE, vinculados a juguetes, juegos y guitarras.
Como en el caso anterior, se establece un precio mínimo de referencia, aplicable a las operaciones de importación definitiva, con el objetivo de evitar prácticas de subvaluación que afectan la recaudación fiscal y distorsionan la competencia en el mercado.
👟 Calzado: Cambios en el Anexo 3
El 28 de mayo de 2025, se actualizó el Anexo 3 del mecanismo para garantizar el pago de contribuciones. Este Anexo regula históricamente los precios estimados para el sector del calzado y en esta ocasión se modificaron 48 fracciones arancelarias, con sus respectivos NICOs (números de identificación comercial).
Este sector es altamente sensible por su histórica exposición a prácticas de subvaluación, triangulación y evasión. Por ello, mantenerte actualizado en estos listados es clave para cumplir correctamente con tus obligaciones fiscales y aduaneras.
⚖️ ¿Y las cuotas compensatorias?
Además de los precios estimados, las cuotas compensatorias son otro instrumento regulatorio que impacta directamente tu operación.
¿Qué es una cuota compensatoria?
Es un cargo adicional que se impone a las importaciones de ciertos productos cuando se comprueba que se están introduciendo al país en condiciones de discriminación de precios (dumping) o con subsidios ilegales, causando daño a la industria nacional.
🧾 ¿Qué hacer si se publica el inicio de una investigación
Cuando en el DOF se publica un aviso de inicio de investigación, significa que la Secretaría de Economía está evaluando si existen prácticas desleales de comercio internacional sobre un producto específico. Si tú importas ese producto o alguno similar, debes revisar cuidadosamente tu cadena de suministro, tu documentación de valor y estar preparado para:
Participar como parte interesada
Evaluar el impacto económico en caso de que se imponga una cuota
Analizar cambios de proveedor, origen o clasificación arancelaria
✅ ¿Qué implica una Resolución Final?
Una Resolución Final puede confirmar que efectivamente hubo prácticas desleales, y por tanto se impone una cuota compensatoria fija o variable, la cual deberás pagar si continúas importando ese producto. También puede concluir que no hay daño o que se extingue una cuota anterior.
Por ejemplo, recientemente se han publicado resoluciones finales que confirman o actualizan cuotas compensatorias para productos como:
Sosa cáustica líquida (EE. UU.)
Lápices (China)
Hule polibutadieno estireno en emulsión (EE. UU., Corea y Japón)
Lámina rolada en frío (Corea, con compromisos de exportadoras como Posco y Hyundai)
Poliéster resina (China)
🚨 ¿Importas productos en setores sensibles?
Recuerda que los precios estimados y las cuotas compensatorias son medidas de cumplimiento obligatorio. Ignorarlas puede traerte multas, auditorías o incluso la suspensión en el padrón de importadores.
En un entorno donde las reglas del juego cambian constantemente, estar informado ya no es una ventaja… es una necesidad operativa. Los precios estimados y las cuotas compensatorias no son obstáculos, sino señales del entorno comercial que debemos saber leer. Comprender su lógica, alcance y aplicación no solo protege tus operaciones, sino que también fortalece tu posición como importador estratégico y responsable.
El cumplimiento no es el destino, es el camino. Y recorrerlo con conocimiento te ahorra dolores, multas… y muchas sorpresas.

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